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La gran pregunta que se cuestiona la humanidad: ¿autónomo o empresa?

Si tienes un proyecto y además, cuentas con el valor (y la locura suficiente) que hay que tener para emprender, seguramente te has enfrentado a la importante decisión de emprender y crear tu propia empresa. Sin embargo, a veces es complicado tomar la decisión: ¿darte de alta como autónomo o como empresa?


La figura del autónomo es una elección popular para aquellos que buscan iniciar sus propios negocios de manera rápida y flexible. Como autónomo, eres responsable de tu negocio y tienes total autonomía sobre tus decisiones.


En España, las opciones más comunes son la Sociedad Limitada (S.L) y la Sociedad Anónima (S.A). La elección depende de factores como el tamaño del negocio, el número de socios y el capital inicial.


Aunque…¡OJO! Antes de que sigas leyendo, algo importante que debes saber es que si te planteas desarrollar tu idea en espacio_RES: no es obligatorio estar constituido de ninguna manera, ¡tu idea será suficiente para comenzar!
Una vez visto esto, vamos a adentrarnos en lo verdaderamente importante dónde están las diferencias:

1. Capital

Una diferencia importante la encontramos en la inversión de capital. Mientras que la sociedad limitada necesita realizar un inversión inicial para poder establecerse, el autónomo no tiene por qué cumplir este requisito.


Además, debemos tener en cuenta que la contribución mínima de capital necesaria para fundar una sociedad limitada asciende a 3.000 euros; por el contrario, para la creación de una sociedad anónima, la inversión ascendería a 60.000 euros.


Esta diferencia puede ser clave a la hora de tomar una decisión, puesto que el capital es un aspecto fundamental a la hora de levantar tu negocio.

2. Trámites iniciales

Y por si emprender ya no fuera complejo, los procedimientos necesarios para establecer una empresa suelen ser más complejos y acarrean un desembolso mayor. La inscripción inicial para darse de alta como autónomo es gratuita, siempre y cuando sea gestionada directamente por el interesado (o con la colaboración de las entidades públicas pertinentes). Sin embargo, la constitución de una sociedad podría implicar un coste 400 euros, aproximadamente; ya que intervienen notarios y abogados, e incluso requiere trámites de inscripción en el Registro Mercantil.


Estos gastos hacen referencia únicamente a la creación, sin considerar las cuotas de la Seguridad Social, que podrás consultar para tener información de antemano. Además, es importante tener en cuenta que los autónomos que operan bajo la forma de sociedad no siempre acceden a las mismas reducciones (por ejemplo, no pueden beneficiarse de la tarifa plana de 50 euros).


Y, por supuesto, no debéis pasar por alto la presentación de los impuestos correspondientes.

3. Grado de responsabilidad

La responsabilidad de un autónomo es ilimitada, mientras que en una sociedad limitada, como su nombre lo indica, es restringida.


En este contexto, el autónomo asume la totalidad de las deudas frente a terceros con su patrimonio personal; todo lo contrario que sucede con la sociedad limitada, ya que, en este caso, solo responden con los activos de la entidad.

4. Obligaciones tributarias

Aquí comienza el entramado de los impuestos a los que debes de hacer frente, pero que no cunda el pánico, los vamos a explicar de forma individual.


El funcionamiento del IVA es muy similar; sin embargo, la diferencia radica en el IRPF. El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) solo concierne a personas físicas, es decir, a autónomos. Las empresas, en cambio, están sujetas a un impuesto de naturaleza análoga, denominado Impuesto de Sociedades.


Ambos impuestos gravan lo mismo, por lo tanto, solo se puede aplicar uno u otro.
El IRPF es progresivo, lo que significa que a mayores ingresos, mayor tributación. En consecuencia, debéis de tener en cuenta la proyección de los ingresos a la hora de decidir optar por la categoría de autónomo o empresa.

5. Contabilidad

La contabilidad de un autónomo es indudablemente más simple que la de una sociedad, ya que se limita a la presentación de impuestos y a algunos registros más sencillos. En concreto, los autónomos deben mantener:

  • Un libro para registrar facturas emitidas.
    Un libro para registrar facturas recibidas y gastos.
  • Un libro para registrar bienes de inversión (si los hubiera).
  • Un libro para registrar operaciones intracomunitarias (si los hubiera).

Por el contrario, una sociedad debe llevar una contabilidad exhaustiva. Además de los impuestos y registros mencionados, se requiere mantener un libro diario para elaborar las cuentas anuales, compuestas por balance, memoria y cuenta de pérdidas y ganancias.

Conclusión: ¿cuál es la mejor para ti?

La respuesta a esta pregunta depende de varios factores, incluyendo el tipo de negocio que quieres emprender, tus objetivos a largo plazo y tu tolerancia al riesgo. Pero para tomar la decisión, te dejamos aquí unas reflexiones finales.


¿Cuál es tu tipo de negocio?
Aunque no te lo pueda parecer a simple vista, existen negocios para los que es necesario adoptar una estructura de empresa, sin embargo, para otros, con ser autónomo será más que suficiente.


¿Cuánto riesgo estás dispuesto a asumir?
De igual forma, dependiendo del proyecto que estés empezando el riesgo puede variar en gran medida. Por ejemplo, si temes perder tus bienes personales en caso de problemas financieros es posible que la mejor opción sea optar por una estructura empresarial.


¿Cuáles son tus objetivos de crecimiento?
Ya sabemos que tu excel de proyecciones lo soporta todo, pero ahora de verdad, tus proyecciones a futuro pueden cambiar mucho las decisiones que tengas que tomar hoy. ¿Quieres contratar personal? ¿Buscas inversión?

Emprender como autónomo o crear tu propia empresa en España es un emocionante camino lleno de desafíos y recompensas. Evalúa tus necesidades, objetivos y recursos antes de tomar una decisión y, una vez que lo hagas, sigue los pasos adecuados para convertir tus sueños (y a veces pesadilla) en realidad.

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